5 septiembre, 2023 »

CIDH también admitió demanda del camarada ‘Artemio’ contra el Estado

Al igual que Víctor Polay Campos, Florindo Flores Hala —conocido como camarada ‘Artemio’— también presentó una demanda contra el Estado, en la que sostiene que “fue mal condenado” y se queja de sus condiciones carcelarias.

Con fecha de agosto del 2022, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expidió un informe de admisibilidad de una demanda contra el Estado peruano —presentada en setiembre del 2015— por Florindo Flores Hala, conocido como camarada ‘Artemio’. En ella, presenta una serie de alegatos en la que expresa que “fue mal condenado” por la justicia del Perú y que, en la actualidad, se encontraría sometido a unas condiciones carcelarias que vulnerarían su “derecho a la integridad” y a “socializar con otros reos”.

Como se recuerda, el camarada ‘Artemio’ fue condenado a cadena perpetua por los delitos de terrorismo agravado y tráfico Ilícito de drogas en agravio del Estado peruano, el 7 de junio de 2013, por la Sala Penal Nacional. En septiembre del 2014, la Corte Suprema desestimó el recurso de nulidad que presentó y confirmó la condena al señalar que el Tribunal Constitucional había confirmado la constitucionalidad del tipo penal de terrorismo, siempre que se cumpliese con determinados requisitos al momento de su aplicación.

En la demanda interpuesta por Florindo Flores Hala, se puede observar que este acusa que “fue mal condenado” debido a que, durante el juicio en su contra, se “violó su derecho al principio de legalidad y a las garantías judiciales”, al advertir una vaguedad del tipo penal de terrorismo y las pruebas utilizadas para condenarlo.

“Indica que la representación de la presunta víctima presentó un recurso de nulidad contra la referida resolución, alegando, entre otros puntos, que: i) el Decreto Ley 25475, que regula el tipo penal de terrorismo, vulneraba el principio de legalidad, pues ninguna de sus disposiciones tipificaron de manera expresa e inequívoca el hecho considerado como crimen de terrorismo, por lo que se trataba de un tipo penal abierto que no precisa el bien jurídico tutelado; ii) se vulneró su derecho a la defensa, dado que la sentencia de primera instancia utilizó como acervo probatorio testimonios de personas con identidad secreta, y iii) se le impuso una pena draconiana”, se lee en el informe. La República.

 

Otras noticias

ECONOMIA

Gold Fields y la Municipalidad Distrital de Hualgayoc avanzan con proyecto de pistas y veredas

Obras beneficiarán a los pobladores de la ciudad de Hualgayoc con un mejor tránsito peatonal y vehicular Gold Fields comprometida con dejar un legado que perdure... 

Ministerio de Vivienda brinda pautas para el financiamiento y la implementación de Planes de Desarrollo Urbano

Se promueve la planificación urbana para que los gobiernos locales puedan alcanzar un desarrollo sostenible. Con la finalidad de promover el crecimiento e integración... 

Gobernador Roger Guevara dio inicio a la construcción de 660 reservorios en Contumazá

El proyecto de Siembra y Cosecha de Agua continúa para mejorar la frontera agrícola en Cajamarca El distrito de San Benito en la provincia de Contumazá fue el escenario... 

Opinion

“Al Vaticano no les gusta que los usen para lavarle la cara a alguien”

La periodista Rosa María Palacios, se mostró crítica con los constantes... 

Hildebrandt: «La derecha peruana se alegró cuando vio a una tanqueta derrumbando la puerta de San Marcos»

El periodista cuestionó la intervención en la Universidad Nacional... 

Fiscales contra los principios de Legalidad y Tipicidad

Por César Augusto Aliaga Díaz/. Una de las garantías más apreciadas...