La Segunda Sala Penal de Apelaciones Permanente de Cajamarca, con adición a Sala Penal Liquidadora, presidida por el juez superior Ricardo Sáenz Pascual y conformada por los magistrados Jorge Fernando Bazán Cerdán y Hena Mercado Calderón, conoció el incidente de prisión preventiva dictado en contra del ex alcalde del distrito de la Asunción Juan Cornelio Torrel Rabanal, como consecuencia de la apelación interpuesta por el referido procesado y su coimputado Jesús Emiliano Muñoz Sánchez, en el proceso seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de sicariato, en agravio de, quien a la fecha de los hechos, era el alcalde electo de la Municipalidad Distrital de la Asunción, Segundo Manuel Vigo Muñoz y su cónyuge Isabel Zoraida Rojas de Vigo.
Por su parte, el Tribunal Superior, luego del análisis minucioso del caso, emitió la resolución N° 2 del 25 de enero de 2019, que confirmó el mandato de prisión preventiva al verificar que los elementos de convicción obtenidos por el representante del Ministerio Público, permiten advertir una sospecha grave respecto del vínculo que existiría entre los imputados Juan Cornelio Torrel Rabanal y Jesús Emiliano Muñoz Sánchez, quienes conforme a la imputación fiscal, serían el autor intelectual de los hechos y la persona encargada de trasladar desde Cajamarca hasta La Asunción a los demás investigados, quienes finalmente se habrían encargado de disparar a los agraviados, respectivamente.
Asimismo, se verificó que concurren los demás requisitos para la imposición de la medida coercitiva de carácter personal, esto es, el pronóstico de la imposición de una sanción penal superior a los cuatro años de pena privativa de libertad, así como el peligro real y latente consistente en que, de afrontar en libertad el proceso instaurado en su contra, los imputados se sustraerían de la acción de la justicia u obstaculizarían la actividad probatoria.
De igual manera, en la resolución referida, los miembros de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca, precisaron los motivos por los cuales desestimaron los argumentos de apelación que, a su vez, sustentaron la pretensión formulada por la defensa técnica de los imputados Juan Cornelio Torrel Rabanal y Jesús Emiliano Muñoz Sánchez, respecto de los cuales, hasta la fecha se mantienen vigentes las órdenes de ubicación y captura, emitidas en virtud del mandato de prisión preventiva que ha sido ratificado por los miembros del referido Colegiado Superior.
Finalmente, cabe resaltar que el referido órgano jurisdiccional, mediante resolución N° 3 de fecha 29 de enero de 2019, desestimó el pedido de nulidad planteado por la defensa del procesado Juan Cornelio Torrel Rabanal, en contra del acto de notificación de la resolución N° 1, ratificando de ésta manera la legalidad del trámite del proceso penal, en observancia de las garantías y derechos constitucionales de todas las partes procesales.