19 noviembre, 2025 »

Poder Judicial confirmó prisión preventiva por 18 meses contra César Hinostroza

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró «infundado» el recurso de apelación que presentó el exjuez supremo, César Hinostroza, para que se anule la resolución que emitió el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria el 16 de diciembre del 2024.

El Poder Judicial confirmó el mandato de prisión preventiva por 18 meses que se le impuso al exjuez supremo, César Hinostroza, como parte de la investigación preparatoria que se le sigue por su presunta intervención en el proceso de ratificación de Frey Tolentino Cruz como juez especializado del distrito judicial del Santa, región Ancash, en el 2018.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró «infundado» el recurso de apelación que presentó Hinostroza Pariachi para que se anule la resolución que emitió el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, el 16 de diciembre del 2024, en la que dictó dicha medida restrictiva en su contra a pedido de la Fiscalía Suprema que investiga el caso y que se computará desde el momento de detención.

El exjuez supremo, César Hinostroza, sostenía que no existen graves y fundados elementos de convicción en su contra y que la Fiscalía de la Nación no autorizó el ejercicio de la acción penal contra el investigado y que está se siguió solo por iniciativa de la Fiscalía Suprema, con base en una investigación preliminar que estaba en trámite por lo que se vulneraron los principios de legalidad, intervención indicaría y debida motivación, entre otros argumentos.

No obstante, el tribunal supremo precisó que cuando se trata de altos dignatarios o de primer nivel, la Fiscalía de la Nación, después de realizar las diligencias preliminares, debe requerir forzosamente autorización del Congreso para procesar a los altos dignatarios, lo que en este caso se materializó con la Denuncia Constitucional número 247 presentada ante el Parlamento Nacional.

La sala presidida por el juez supremo, César San Martin, también precisa en su resolución, a la tuvo acceso RPP, que conforme al artículo 453 del Código Procesal Penal, que en el caso específico le corresponde al recurrente, no se necesita requerir ninguna autorización porque cuando se trata de aforados de primer grado jerárquico solo la Fiscalía de la Nación puede formalizar investigación preparatoria y luego delegarla.

Cabe señalar, que la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos investiga al exjuez supremo, César Hinostroza, como presunto autor de los delitos de tráfico de influencias agravado y cohecho activo específico en perjuicio del estado a raíz de este caso.

 

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