Con la aprobación de la Ordenanza N° 015-2017-CMPSM, se regulará la obtención de la autorización municipal para el ejercicio del comercio ambulatorio en la vía pública del distrito de San Miguel, desde el 17 de setiembre hasta el 8 de octubre.
Esta tarea está a cargo de la Unidad de Comercialización y Licencias de la Municipalidad Provincial de San Miguel.
Las calles de la ciudad se han ordenado para la distribución de los puestos de venta según el giro comercial, respetando las entradas principales a domicilios particulares e instituciones públicas y privadas.
Asimismo, los vendedores y usuarios tienen la obligación de aplicar las medidas de limpieza, seguridad, higiene y saneamiento ambiental, en caso contrario la comisión correspondiente aplicará la sanción respectiva de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 004-2016-CMPSM.
En cuanto al tránsito vehicular, se establecieron restricciones sobre el estacionamiento en jirones y cuadras considerados por el comité como zonas rígidas, tales como veredas, pistas, perímetro de la Plaza de Armas, atrio de la iglesia, además en la cuadra 2 del Jr. Alfonso Barrantes Lingán, cuadras 3, 4, 5 y 6 del Jr. Bolívar, y cuadras 3, 4 y 5 del Jr. Pedro Novoa.
Para el cumplimiento de todas las actividades programadas por el comité de fiesta, la seguridad y orden público estará a cargo de las instituciones del orden.